Este lunes 27 de abril comienza a regir la norma que permite hacer actividad física a las personas entre los 18 y los 60 años, pero con ciertas restricciones y medidas de bioseguridad.
El artículo 37 del Decreto 593 de 2020 dice que: «El desarrollo de actividades físicas y ejercicio al aire libre de personas que se encuentre en el rango de edad de 18 a 60 años, por un periodo máximo de (1) hora diaria, de acuerdo con las medidas, instrucciones que fijen los alcaldes en sus respectivas jurisdicciones territoriales.
En todo caso se deberán atender los protocolos de bioseguridad que para los efectos de establezcan».
Para el caso de Bogotá se podrá salir entre las 6:00 y las 10:00 a.m., igualmente por un tiempo máximo de una hora. También es importante tener en cuenta que solo se podrá hacer actividad física en un radio no mayor a un kilómetro del lugar de residencia.
No puede ir en grupo y deberá mantener una distancia mínima, entre las personas, de cinco metros, si va a caminar, y de 10 metros si va a trotar o a salir en bicicleta. Tampoco se pueden usar los gimnasios al aire libre que hay en los parques y siempre deberá llevar el tapabocas.
Tenga en cuenta que no se trata de una medida para salir a entrenarse para una competencia. Solo una alternativa para despejar la mente, salir un poco del encierro de la cuarentena, tomar el sol y hacer actividad física moderada.
Recuerde que el Ministerio del Deporte y Señal Colombia también tienen el programa ‘Entrenando Justos’, que se emite a las 8:00 de la mañana y se repite a las 5:30 p.m., para hacer actividad física en la casa y en familia.