En cumplimiento de la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, aprobada por la UNESCO y adoptada por Colombia mediante la Ley 1207 de 2008, el Ministerio del Deporte, el Ministerio de Salud y Protección Social y la Dirección de Alimentos y Bebidas del INVIMA sostuvieron una reunión para articular acciones que permitan restringir el uso indebido de sustancias y métodos prohibidos en el deporte del país.
Este encuentro se realizó en el marco del compromiso del Estado colombiano con la Plataforma Nacional de Cumplimiento, que agrupa a entidades responsables de implementar la Convención y garantizar el desarrollo de políticas antidopaje efectivas. Durante la sesión de trabajo, se abordaron temas relacionados con la regulación de suplementos nutricionales, el control de medicamentos y sustancias potenciadoras del rendimiento deportivo, así como el impacto de éstas en la salud y la equidad de la competencia.
Como Estado que hace parte de la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, Colombia debe garantizar la aplicación de sus disposiciones a nivel nacional, conforme a la Ley 1207 de 2008. En este marco, el artículo 7° establece la necesidad de una coordinación interinstitucional efectiva, permitiendo que el país cumpla sus obligaciones a través de organismos antidopaje y autoridades deportivas nacionales.
Asimismo, el artículo 8° dispone la adopción de medidas para restringir la disponibilidad y el uso de sustancias y métodos prohibidos en el deporte, salvo en casos de exención terapéutica. En este sentido, durante el encuentro, las entidades revisaron los alcances de esta disposición y discutieron estrategias para reforzar los mecanismos de inspección, vigilancia y regulación.
En línea con estos compromisos, el Ministerio del Deporte y las entidades involucradas continúan fortaleciendo las regulaciones para garantizar un control más riguroso, protegiendo así la integridad del deporte colombiano.